La recomendación de Continental es que se mantenga la medida original de los neumáticos del vehículo, para garantizar que no haya cambios en la performance y en los instrumentos del vehículo.
Adicionalmente, la resolución nº 292/2008 del CONTRAN, se ocupa de las modificaciones permitidas por la Ley de Tráfico. En su artículo 8o como se muestra a continuación, está prohibido que las ruedas y los neumáticos sobrepasen los límites externos de los paragolpes y también prohibido modificar el tamaño del diámetro exterior del conjunto rueda y neumático.
“Art. 8o Quedan prohibidas:
I - La utilización de ruedas / neumáticos que sobrepasen los límites externos de los paragolpes del vehículo; II - El aumento o disminución del diámetro externo del conjunto neumático / rueda;
Si el consumidor opta por el cambio de medidas, esto debe hacerse con mucho cuidado, ya que no tiene reflejos solamente en el aspecto visual y en el rendimiento del vehículo, pero también puede comprometer la seguridad. En cuanto al modelo original, el nuevo neumático a ser aplicado en el vehículo debe tener capacidad de carga igual o superior, presión de inflación igual o mayor y índice de velocidad compatible.